Luego de casi 2 años de discusión parlamentaria, el Congreso finalmente despachó el proyecto que establece nuevas exigencias para quienes postulen a la licencia de conducir, buscando asegurar así condiciones de salud idóneas para quienes soliciten dicho documento.
La nueva normativa, conocida también como “Ley Jacinta”, implicó la modificación específica de 3 leyes: la de Tránsito, la que regula los seguros obligatorios de accidentes personales (SOAP), e incluso, el Código del Trabajo, buscando también proteger a padres, cónyuges y convivientes civiles, frente la ocurrencia de un siniestro donde el estado de salud del conductor fuese la causal del mismo.
Respecto a las principales modificaciones, destacan los cambios a la hora de solicitar la licencia. En específico, se incorporará la exigencia obligatoria de una declaración jurada, por parte de quien postula al documento, la cual busca acreditar que no cuenta con alguna enfermedad inhabilitante o restrictiva. De esta forma, si una persona no informara de ello, y participara de un siniestro, no sólo cometerá una infracción grave de tránsito, sino también, se le cancelará la licencia.
“Quisiera agradecer enormemente al Congreso el trabajo realizado en la discusión de la ley, ya que nos permitirá tener una legislación mucho más robusta, respecto a los requisitos de salud para quienes deseen conducir un vehículo motorizado. Y no se trata solamente de un acto de respuesta a casos lamentables como el de la pequeña Jacinta González, por el cual la ley adquiere su nombre. También, como una manera para reforzar la seguridad vial, partiendo justamente desde el momento en que una persona solicita su licencia de conducir”, indicó el ministro de Transportes y Telecomunicaciones, Juan Carlos Muñoz.
El propio jefe de cartera, explicó además que la futura ley también incorpora cambios en los procedimientos municipales para la acreditación de la denominada “idoneidad física y psíquica” de los postulantes, la cual será definida a través de un reglamento, reemplazando así al actual instructivo que utilizan las direcciones de tránsito.
En cuanto a otros cambios relevantes que trae consigo la ley, se duplican los actuales montos de indemnización asociados al SOAP, frente a la muerte, o la incapacidad permanente total o parcial, si ocurriese un evento de este tipo. El incremento, además, aplicará a gastos médicos propios de dichos casos.
Por otro lado, y vinculado a derechos laborales, la nueva normativa modifica los fueros laborales que le correspondan a un trabajador, en caso del fallecimiento de un hijo o hija, cónyuge o conviviente civil. En particular, permitirá un periodo específico de protección a un trabajador por un mes, para aquellos trabajadores que cuenten con contratos a plazo fijo, homologando así a lo que ocurre con aquellos que tienen contratos indefinidos.
