19 de julio de 2015
Por Preemergencia Ambiental,  se activan los denominados ejes ambientales. Las siguientes calles pasan a ser vÃas exclusivas para el transporte público entre 7:30 y 10:00 horas y entre 17:00 y 21:00 horas.
DESDE AGOSTO:
En el caso de los buses rurales, interurbanos, vehÃculos adscritos a los servicios de transporte privado de pasajeros y buses y minibuses aeropuertos, tendrán restricción de 4 dÃgitos entre las 10:00 y las 16:00 horas, de lunes a viernes en la en la Provincia de Santiago y las comunas de San Bernardo y Puente Alto.
El transporte de carga tendrá restricción de 4 dÃgitos entre las 10:00 y las 18:00 horas en el sector comprendido al interior del anillo de Avda. Américo Vespucio.
En tanto, los transportes escolares tendrán restricción entre las 21:00 y las 06:30 horas del dÃa siguiente.
Excepciones:
a)  VehÃculos que ingresen a la provincia de Santiago y la comuna de San Bernardo, y Puente Alto, utilizando las vÃas que conforman las rutas o ejes que a continuación se indican, siempre que acrediten esta circunstancia por cualquier medio.
.    Norte – Sur (ambos sentidos):
1.-  Av. Presidente Eduardo Frei Montalva – Av. Presidente Jorge Alessandri RodrÃguez (Autopista Central).
2.-  Av. Presidente Eduardo Frei Montalva – Av. Apóstol Santiago – JoaquÃn Walker MartÃnez – Coronel Robles – Av. General Velásquez – Av. Presidente Jorge Alessandri RodrÃguez (Autopista Central).
.    Sur – Norte – (ambos sentidos):
1.-  Av. Presidente Jorge Alessandri RodrÃguez – Av. Presidente Eduardo Frei Montalva – (Autopista Central).
2.-  Av. Presidente Jorge Alessandri RodrÃguez – Av. General Velásquez – Coronel Robles – JoaquÃn Walker MartÃnez – Apóstol Santiago – Av. Presidente Eduardo Frei Montalva – Av. (Autopista Central).
.    Norte – Costa (Ruta 68):
Av. Presidente Eduardo Frei Montalva (Autopista Central) – Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Norte) – Ruta 68.
.    Norte – Costa (Autopista del Sol):
Av. Presidente Eduardo Frei Montalva (Autopista Central) – Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Norte) – Autopista del Sol.
.    Sur – Costa (Ruta 68):
1.-  Av. Presidente Jorge Alessandri RodrÃguez (Autopista Central) – Av. General Velásquez – Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Sur) – Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Norte) – Ruta 68.
2.  Av. Presidente Jorge Alessandri RodrÃguez (Autopista Central) – Costanera Norte – Ruta 68
.    Sur – Costa (Autopista del Sol):
Av. Presidente Jorge Alessandri RodrÃguez (Autopista Central) – Av. General Velásquez – Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Sur) – Autopista del Sol.
.    Sur – Costa Ruta 78 (Acceso Sur a Santiago):
Av. Presidente Jorge Alessandri RodrÃguez (Autopista Central) – Autopista Acceso Sur a Santiago – Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Sur) – Autopista del Sol.
.    Nor-Oriente (Acceso Nor-Oriente a Santiago)
Acceso Nor-Oriente – Enlace Centenario (sector Puente Centenario) – Costanera Norte
.    Autopista Los Libertadores, hasta Av. Circunvalación Américo Vespucio (Autopista Vespucio Norte)
b)  Los vehÃculos eléctricos, los vehÃculos motorizados livianos, medianos y pesados que cuenten con el autoadhesivo de color verde a que se refieren los DS Nº 211/91, DS Nº 54/94 y DS Nº 55/94 respectivamente, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
c)  VehÃculos pertenecientes a Carabineros de Chile, Investigaciones, Cuerpo de Bomberos y GendarmerÃa de Chile, los móviles adscritos al Programa Nacional de Fiscalización de la SubsecretarÃa de Transportes, que se encuentren desempeñando labores de control, y los vehÃculos de uso municipal asignados a cumplir labores de apoyo a la función policial, siempre que se encuentren debidamente identificados.
d)  Ambulancias de instituciones fiscales o de establecimientos particulares, vehÃculos de centros de rehabilitación, hospitales, clÃnicas y consultorios destinados al transporte de enfermos minusválidos y vehÃculos acondicionados para personas lisiadas a que se refiere el Art. 6º de la ley 17.238.
e)  VehÃculos particulares destinados al transporte de enfermos y discapacitados que deban concurrir con frecuencia a algún centro asistencial de la Región Metropolitana; y aquellos que deban ser utilizados por los interesados como único medio de transporte, en consideración a su grado de discapacidad, debidamente acreditado por la declaración del médico tratante o que cuenten con la credencial emitida al efecto por Registro Nacional de Discapacidad.
f)  VehÃculos a gas que cumplan con el DS Nº 55/98, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y que posean revisión técnica autorizando su circulación con ese tipo de combustible.
g)  VehÃculos que presten servicios de transporte público interurbano de pasajeros, siempre que den cumplimiento a lo dispuesto en la resolución exenta Nº 82, de 2001, de esta SecretarÃa Regional Ministerial, o bien, circulen por las vÃas autorizadas, conforme el certificado de inscripción en el Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros.
h)  VehÃculos destinados por establecimientos de salud, públicos o privados, a realizar labores fuera de éstos, sea de asistencia médica, y otras que fueren necesarias para asegurar su normal funcionamiento.
i)  VehÃculos que presten servicio para la Comisión Chilena de EnergÃa Nuclear en el abastecimiento de material radiactivo a hospitales y clÃnicas.
j)Â Â Coches mortuorios y los vehÃculos que formen parte de servicios funerarios.
k)  VehÃculos que, por sus caracterÃsticas técnicas de diseño y/o equipamiento, estén destinados permanentemente a labores de reparación frente a emergencias públicas que alteren el suministro regular para la población de los servicios domiciliarios de electricidad, agua potable, gas y telefonÃa fija.
l)  VehÃculos pertenecientes a canales de televisión que se encuentren debidamente equipados con antenas transmisoras para realizar contactos en directo.
m)Â Â VehÃculos autorizados a circular como parte de proyectos experimentales aprobados por esta SecretarÃa Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones.
n)  Buses que presten servicio de transporte público urbano de pasajeros (Transantiago).